Organización diocesana

 

Consejo de Presbiterio

 

El Arzobispo constituye el Consejo Presbiteral de la Archidiócesis por períodos de cuatro años.

 

Según el Código de Derecho canónico, “en cada diócesis debe constituirse el consejo presbiteral, es decir, un grupo de sacerdotes que sea como el senado del Obispo, en representación del presbiterio, cuya misión es ayudar al Obispo en el gobierno de la diócesis conforme a la norma del derecho, para proveer lo más posible al bien pastoral de la porción del pueblo de Dios que se le ha encomendado”.

 

El consejo presbiteral tiene sólo voto consultivo; el Obispo diocesano debe oírlo en los asuntos de mayor importancia, pero necesita de su consentimiento únicamente en los casos determinados expresamente por el derecho.

 

Consejeros (listado de miembros)

 

 

Colegio de Consultores

 

Entre los sacerdotes miembros del Consejo de Presbiterio, el Arzobispo elige el Colegio de Consultores. Entre sus funciones destaca la de asumir el gobierno de la diócesis al quedar vacante y elegir al Administrador Diocesano, que la gobernará hasta que la Santa Sede elija un nuevo Arzobispo. En mandato de este consejo es de cinco años. Actualmente lo componen:

 

Ilmo. Sr. Don Víctor B. Maroño Pena. Provicario General.
M. I. Sr. Don Juan Filgueiras Fernández. Canónigo de la Catedral.
Rvdo. Sr. Don Carlos Álvarez Varela, Rector del Seminario Mayor.
Rvdo. Sr. Don Antonio González Vázquez. Párroco.
Rvdo. Sr. Don Amador Martínez Santos. Párroco.
Rvdo. Sr. Don Isolino Esmorís Cambón. Párroco.
Rvdo. Sr. Don Ricardo Viqueira Otero, Párroco
Rvdo. Sr. Don Lino Arcos Salgado. Delegado del Clero.
Rvdo. Sr. Don José Antonio Santos Calvar. Párroco.

 

 

Consejo Pastoral

 

consejo pastoral

Es un órgano eclesial de comunión para la misión, presidido por el Sr. Arzobispo, y, por lo mismo, de representación y activa participación en la misión evangelizadora de la Iglesia (c. 512, 2).

 

"El Consejo Pastoral Diocesano es de naturaleza consultiva (c.513), y está compuesto por fieles en plena comunión con la Iglesia católica, tanto clérigos, como miembros de institutos de vida consagrada y, sobre todo, laicos" (c. 512,1).

 

Los miembros deben destacar por su fe, buenas costumbres y prudencia (c. 512,3).

 

"La finalidad principal del CPD, bajo la autoridad del Obispo, consiste en estudiar y valorar lo que se refiere a las actividades pastorales y de nueva evangelización en la Diócesis y sugerir conclusiones prácticas sobre las mismas, con el fin de promover la conformidad de la vida y de los actos del Pueblo de Dios con el Evangelio" (c. 511, y Ecclesiae Sanctae, 16).

 

 

Consejeros (listado de miembros)